Ante el fuerte crecimiento del comercio electrónico en el Perú, el Indecopi establece una propuesta para fiscalizar las compras a través de internet.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) publicó su propuesta normativa para actualizar el Código de Protección y Defensa del Consumidor, con la cual se podrá regular el comercio electrónico. Con esta normativa se busca la protección de los consumidores que compren por internet.
Según el Instituto, se estima que se avanzó cinco años de desarrollo en tan solo seis meses de la emergencia y pese a este crecimiento no existen normas que regulen las relaciones de consumo vía web.
Puedes revisar la normativa en este enlace: https://bit.ly/3rTILkZ
Tiene las siguientes propuestas:
Derecho de arrepentimiento
Se permitiría que los usuarios dejen sin efecto un contrato realizado de manera digital sin necesidad de justificar su decisión y sin ningún tipo de penalización.
El consumidor podrá dar termino al contrato de manera unilateral en un plazo máximo de 15 días calendario desde contratado el servicio o recibido el producto.
Seguridad de los productos
Con esto se busca que los consumidores accedan a productos y servicios idóneos, que no los pongan en riesgo injustificado o peligro en condiciones de uso normal o previsible
Intermediarios también serán considerados proveedores de servicios
Esta medida permitirá que sea considerados proveedores de servicios los intermediarios, es decir las personas naturales o jurídicas que prestan servicios de intermediación física o a través de canales digitales y fijen el precio del producto o servicio ofrecido.
Información veraz, clara y completa
Las empresas o personas que venden productos u ofrecen servicios de manera online debe informar al consumidor todos los términos y condiciones del contrato, las especificaciones del producto, plazos de entrega, garantías, precio total, fletes, entre otros.
Sanciones
La normativa tiene en cuenta algunas circunstancias atenuantes especiales para los proveedores que incurran en alguna infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor, y que reconozcan lo que indique el consumidor para incentivar la solución de controversias sin la necesidad de que se inicie un procedimiento administrativo sancionador.
Redacción: Elizabeth Meneses
Fuente: RPP.